Sentenciaron al hombre en Rosario por “homicidio doblemente calificado por el vínculo y mediando violencia de género”.
Un hombre fue condenado hoy en un juicio oral a la pena de prisión perpetua por el femicidio de su pareja, a quien prendió fuego delante de uno de sus hijos en 2018 en una casa de la ciudad de Rosario, informaron fuentes judiciales.
Se trata de Rubén Ezequiel Juan (27), quien fue condenado por el delito de “homicidio doblemente calificado por el vínculo y mediando violencia de género” en perjuicio de quien era su pareja, María Celeste Encinas (31).
Durante la audiencia desarrollada en el Centro de Justicia Penal, la pena impuesta por el tribunal integrado por los jueces José Luis Suárez, Ismael Manfrín y Alejandro Negroni, coincidió con lo que había solicitado en su alegato la fiscal del caso, Marisol Fabbro.
Según lo ventilado en el juicio por la fiscal Fabbro, el miércoles 25 de abril de 2018, alrededor de las 18, la pareja que convivía en una humilde casa ubicada en el Pasaje 1886 al 4.400 del barrio El Triángulo de Rosario comenzó a discutir porque la mujer quería separarse.
En medio de la discusión, y en presencia de uno de los hijos de la mujer, el ahora condenado comenzó a golpearla, tras lo cual, le arrojó alcohol en la parte inferior del rostro y le prendió fuego.
La mujer fue trasladada al hospital de Emergencia (HECA) de Rosario, donde los médicos constataron que presentaba lesiones por quemaduras de alto grado en el 30 por ciento de su superficie corporal.
María Celeste quedó internada en la Unidad de Terapia Intensiva en estado grave y murió tres días después por complicaciones que le afectaron las vías respiratorias.
Encinas tenía cinco hijos de una relación anterior y se ganaba la vida haciendo el trabajo de cirujeo, actividad en la que había conocido dos años antes de su femicidio a Juan, con quien comenzó una convivencia.
El juicio oral concitó la atención de familiares, amigos y organizaciones de lucha contra la violencia de género, quienes hoy, al conocer el veredicto, expresaron su conformidad con el fallo en primera instancia.
Fuente: Télam. Foto: Aires de Santa Fe