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Cinco años sin Débora Pérez Volpin: cómo está la causa hoy

La familia de la periodista espera por la fecha del juicio oral y público contra Roberto Martingano, el director del Sanatorio de La Trinidad que está acusado por encubrimiento.

A cinco años de la muerte de Débora Pérez Volpin, la familia de la periodista espera por la fecha del juicio oral y público contra Roberto Martingano, el director del Sanatorio de La Trinidad de Palermo que está acusado por encubrimiento.

La causa tuvo un gran avance el pasado 21 de diciembre, cuando la Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso presentado por la defensa del director médico de la clínica porteña, al que se lo acusa por ocultar pruebas para entorpecer la investigación sobre la responsabilidad penal de los profesionales que intervinieron en el estudio de videoendoscopia digestiva alta que le costó la vida a Débora Pérez Volpin el 6 de febrero de 2018.

Hasta el momento, el endoscopista Diego Bialolenkier fue condenado en agosto de 2019 a tres años de prisión condicional sin cumplimiento efectivo por homicidio culposo, mientras que la anestesista Nélida Puente fue absuelta en el caso, dado que “no tuvo intervención en el resultado fatal del estudio médico”.

La muerte de Débora Pérez Volpin: la acusación por encubrimiento contra Roberto Martingano

En el procesamiento, se determinó que “existió por parte de Martingano un accionar tendiente a ocultar prueba a los investigadores de vital importancia para la comprobación del delito y para la determinación de la responsabilidad penal de los implicados”.

“Supo por sus peritos la causa probable (luego confirmada) del fallecimiento; mandó a preservar sólo una parte del equipo endoscópico y participó activamente de todas las requisitorias policiales y judiciales. Con toda esa información anticipada y privilegiada, siempre estuvo un paso adelante en la investigación; y, en ese contexto, seleccionó qué elementos probatorios aportar”, remarcó la jueza María Fabiana Galletti cuando lo procesó en marzo de 2020.

Además, aseguró que está en “condiciones de afirmar, con el grado de certeza que el estadío procesal requiere, que Martingano tuvo en sus manos los elementos de prueba señalados, pero decidió aportar solo parte de ellos”.

La muerte de Débora Pérez Volpin: qué dice la defensa de Roberto Martingano

Vadim Mischanchuk, abogado del Sanatorio de la Trinidad, explicó que “si bien es cierto que la CSJN rechazó el recurso de queja en relación al rechazo de la probation, no es menos cierto que en la causa por supuesto encubrimiento hay sobradas pruebas de que no hubo ningún tipo de encubrimiento por parte del director”.

A cinco años de la muerte de Débora Pérez Volpin. (Foto: Télam).
A cinco años de la muerte de Débora Pérez Volpin. (Foto: Télam).

“El fallo que procesa al director por encubrimiento también deja en claro que estamos frente a una hipótesis. Hay pruebas que se darán a conocer en el juicio a partir de las cuales se va a demostrar, no solo que no hubo encubrimiento, sino que además la hipótesis sobre la cual se basó la sentencia de primera instancia por el lamentable fallecimiento de la periodista incluye premisas que se contradicen e incluye cuestiones que no tienen ningún fundamento científico”, completó.

La muerte de Débora Pérez Volpin

Débora Pérez Volpin ingresó a las 17 del 6 de febrero de 2018 al quirófano de La Trinidad, donde se había internado a causa de unos fuertes dolores estomacales. Luego de que la anestesia le hiciera efecto, nunca más recuperó la conciencia.

A las 17.20 tuvo que ser interrumpida la endoscopia por una crisis de saturación de la periodista. Las maniobras de rehabilitación no pudieron reanimarla. En la historia clínica se fijó su muerte a las 18.15.

La investigación judicial por la muerte de Débora Pérez Volpin tuvo en 2019 un primer fallo. En ese entonces, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº8, a cargo del juez Javier Anzoátegui, condenó a tres años de prisión en suspenso al endoscopista Diego Ariel Bialolenkier por el homicidio culposo de la periodista y legisladora porteña.

En la misma resolución, absolvió a la anestesista Nélida Inés Puente. La fiscal María Luz Castany había pedido en su alegato cuatro años de prisión para Bialolenkier y tres años para la anestesista. El veredicto se comunicó ayer por la noche, y los fundamentos de la sentencia se leerán el 9 de agosto.

El endoscopista Diego Bialolenkier. (Foto: NA).
El endoscopista Diego Bialolenkier. (Foto: NA).

En línea con lo requerido por la fiscalía y la querella, el juez ordenó la extracción de testimonios contra tres directivos de la clínica La Trinidad para determinar si hubo encubrimiento, la línea que se sigue en la actualidad. Además, le fijó a Bialolenkier una inhabilitación para ejercer la medicina de siete años y seis meses.

Los argumentos de La Trinidad en el juicio por la muerte de Débora Pérez Volpin

El abogado de La Trinidad, Vadim Mischanchuk, explicó cuáles son los argumentos de la defensa.

  • En relación con el juicio por encubrimiento, al día de hoy (más allá de que la nota transcribe algunos párrafos de una resolución antigua que perdió vigencia) se han aportado elementos al expediente que pusieron claramente de manifiesto que no hubo encubrimiento.
  • Según la defensa de La Trinidad, quedó demostrado que no es cierto que el director supiera la causa de fallecimiento por parte de los peritos, ya que la causa probable de muerte se conoció luego del estudio histopatológico y la misma no fue ratificada por la totalidad de los peritos especialistas en el juicio oral.
  • Tampoco es verdad, para la defensa, que se haya preservado “solo una parte” del equipo endoscopio, ya que quedó demostrado en otra sentencia judicial que, si está firme, que la caña del endoscopio secuestrada es la que se usó en el estudio practicado a DPV.
  • La defensa considera una falacia el argumento de que se haya “seleccionado” la prueba a aportar. Tal como quedó demostrado se aportó todo lo que la justicia fue solicitando en los pasos que el juez actuante los fue requiriendo y además que la parte del equipamiento que había quedado en el sanatorio se siguió utilizando con otros pacientes. Cosa que está acreditada en las historias clínicas correspondientes.
  • Por lo tanto, la defensa concluyó en que no es posible a esta altura de ambos juicios afirmar con certeza ni que la lamentable muerte haya sido responsabilidad del endoscopista ni que con posterioridad al penoso hecho haya existido encubrimiento, porque ello no fue así.

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