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La herencia de Beatriz Sarlo reabre el debate sobre planificación patrimonial y testamentos en Argentina

La disputa por el legado de la escritora Beatriz Sarlo ha puesto en evidencia la importancia de una planificación patrimonial adecuada. El caso destaca la necesidad de formalizar la voluntad sobre bienes y derechos para evitar ambigüedades legales.

El fallecimiento de Beatriz Sarlo en diciembre de 2024 ha desencadenado una compleja disputa legal en torno a su patrimonio. El encargado del edificio donde residía la escritora, Melanio Alberto Meza López, presentó ante la Justicia un testamento ológrafo —escrito de puño y letra, fechado y firmado por Sarlo— en el que la autora le legaba su departamento y la custodia de su gata, Nini. Este documento está siendo sometido a una pericia caligráfica para determinar su autenticidad.

Por otro lado, Alberto Sato Kotani, esposo de Sarlo desde 1966, aunque separados de hecho desde hacía más de 50 años, fue inicialmente excluido de la sucesión por el juez Carlos Hugo Goggi. Sin embargo, la Cámara Civil revocó esta decisión, reconociendo a Sato como heredero y apartando al juez de la causa por considerar que había prejuzgado la situación.

Además de estos actores, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha sido convocado a intervenir en el proceso sucesorio, en caso de que no se identifiquen herederos directos. Esta situación ha generado preocupación entre amigos y colegas de Sarlo, quienes temen que el patrimonio cultural de la autora, incluyendo su valiosa colección de discos y libros, pueda ser dispersado sin una planificación adecuada.

Este conflicto ha puesto en evidencia la importancia de la planificación patrimonial en Argentina. La falta de un testamento formal puede llevar a disputas legales prolongadas y costosas, que pueden consumir una parte significativa del patrimonio en disputa. Especialistas en derecho sucesorio señalan que, desde la reforma del Código Civil y Comercial en 2015, se han flexibilizado las reglas para la disposición de bienes, permitiendo a una persona disponer de hasta el 33,3% de su patrimonio a favor de personas no herederas forzosas. Sin embargo, muchos aún no recurren a estas herramientas legales, lo que puede generar incertidumbre sobre el destino de sus bienes.

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