Esta medida se da como parte de una transición en el sistema de otorgamiento de carnets, donde ahora serán las provincias, y no los municipios, las responsables de habilitar este tipo de licencias, siempre y cuando firmen los convenios correspondientes con Nación.
“Estamos en una etapa de transición, con reuniones diarias junto a la Agencia Nacional para coordinar la aplicación de las nuevas normativas”, explicó Roncoroni. En este nuevo esquema, los municipios dejarán de intervenir en el proceso de otorgamiento, aunque sí continuarán emitiendo el carnet físico una vez aprobado el trámite provincial.
Uno de los cambios más significativos es que las licencias profesionales interjurisdiccionales dejarán de existir como tales, y las nuevas tendrán mayores requisitos y trámites. “Celebramos que se hayan elevado las exigencias, ya que se nivelan con los estándares que antes eran exclusivos de las licencias interjurisdiccionales”, agregó la funcionaria.
En cuanto a los plazos de vigencia, también hubo modificaciones. Los menores de edad podrán obtener licencias por cinco años (antes era solo por uno), y las
personas de entre 65 y 70 años podrán renovarlas por tres años en lugar de uno. A partir de los 70, la renovación seguirá siendo anual.
Roncoroni también hizo referencia a la validez de la licencia digital a través de la app Mi Argentina, que ahora tiene el mismo valor legal que la física. Sin embargo, recomendó seguir portando la tarjeta física, ya que en rutas nacionales o fuera de la provincia puede haber dificultades para verificar los datos digitales, especialmente en zonas sin conectividad. “Esto puede derivar en multas injustas, por lo que todavía es importante llevar la licencia en formato físico”, explicó.
En relación al curso obligatorio, sigue vigente el curso online para licencias A, B y C, complementado con dos horas presenciales en los centros de emisión, donde
se aborda la normativa local. Para licencias profesionales, el curso pasará a tener un mínimo de 20 horas, lo que representa un cambio importante respecto al formato actual de 5 horas.
Finalmente, Roncoroni recordó que quienes cambian de domicilio de una jurisdicción a otra deben informar el cambio dentro de los 90 días, de lo contrario deberán iniciar el trámite como si fuera por primera vez. Este requisito sigue vigente según el artículo 18 de la Ley Nacional de Tránsito. “Queremos llevar claridad a los ciudadanos, pero todavía hay aspectos técnicos que se están ajustando día a día. Es una etapa dinámica y preferimos brindar información precisa cuando esté completamente definida”, expresó Roncoroni.