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Dos años y cinco meses de prisión para un joven que cometió tres delitos

Así lo determinó el juez Jorge Chamía, en contra de un joven identificado como Ramiro Andrés Correa, quien está imputado de los delitos de “Robo en Flagrancia, Robo en Grado de Tentativa en Flagrancia y Hurto Calificado por Escalamiento”.

En la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, el juez Dr. Jorge Gamal Abdel Chamía declaró autor penalmente culpable y responsable a Ramiro Andrés Correa de los delitos de “Robo en Flagrancia, Robo en Grado de Tentativa en Flagrancia y Hurto Calificado por Escalamiento -Tres Hechos-, en Concurso Real”, y lo condenó a la pena de prisión de dos años y cinco meses de cumplimiento condicional, según artículos 164, 164 y 42, 163 inciso 4° y 55 del Código Penal; 321 y 322 del Código Procesal Penal de La Rioja y artículos 13 a 15 de la ley 8.661.

En consecuencia, estableció como las reglas de conducta que deberá cumplir el condenado por el término de cuatro años, conforme lo establece el artículo 27 bis del Código Penal. Entre ellas, determinó que no deberá cometer nuevos delitos; tendrá que abstenerse de consumir estupefacientes y no abusar de bebidas alcohólicas; deberá adoptar oficio, arte, industria o profesión, adecuado a sus capacidades; realizar trabajos no remunerados en institución pública o comunitaria que el Juzgado de Ejecución le asigne por el término de dos años, con la modalidad de Cuatro Horas Semanales; tendrá prohibido acercarse a los domicilios de las víctimas, en un radio de 200 metros, lugar de trabajo y lugares frecuentes recreativos de las mismas; por el término de un año y seis meses, no podrá salir de su domicilio los fines de semana (entre el día viernes a lunes), a deambular por las calles, a concurrir a espectáculos públicos bailables o fiestas de acceso público o privado donde se consuman bebidas alcohólicas, salvo que se trate de eventos de sus familias, para lo cual deberá previamente concurrir a la Comisaría correspondiente a exponer el lugar de asistencia y la hora que regresará a su hogar.

Cabe mencionar que, el Comisario de la delegación policial cercana a su domicilio designará un Oficial de Policía de forma permanente, por el término de la condición, para que controle el fiel cumplimiento de la imposición del Tribunal.

El primer hecho ocurrió el 18 de junio del año 2.021, cerca de las 03:45, cuando el condenado violentó un portón para ingresar a una vivienda del barrio Vargas de donde sustrajo una motocicleta marca Mondial 110 c.c.

El segundo hecho fue cometido el 10 de julio de 2.021, alrededor de las 17:45, oportunidad en la que Correa, de 18 años de edad, caminaba por colectora de Ruta Provincial N° 5, cuando se acercó a dos mujeres que circulaban a bordo de una motocicleta y les arrebató un teléfono celular. Luego, producto de una crisis de nervios, la conductora perdió el control del rodado, impactó contra el cordón, lo que causó que cayeran al asfalto, situación que fue aprovechada por el condenado, quien comenzó a forcejar nuevamente con ellas para apoderarse de una riñonera, pero ante sus pedidos de auxilio, un efectivo de Gendarmería se acercó y lo demoró hasta la llegada de personal policial.

El último delito fue perpetrado el 03 de octubre de 2.021, a horas 04:00 aproximadamente, en circunstancias en que el condenado, ingresó a una vivienda del B° 20 de Mayo, donde se apoderó de una rueda de auxilio y dos cascos. Al momento de darse a la fuga, la damnificada le dio la voz de alto por lo que Correa arrojó los elementos y trató de huir, pero un vecino salió en su persecución, dándole aviso a un efectivo policial que se estaba cerca del lugar, logrando éste su aprehensión.

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