A través de un decreto firmado por el presidente Javier Milei, el Gobierno anticipó una ayuda financiera para Chaco. Se trata de un monto destinado a proporcionar una solución inmediata a los problemas financieros que enfrenta la provincia.
Por tal razón, “resulta necesario procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias por las que atraviesa la citada provincia”.
El Ejecutivo procedió a la publicación en el Boletín Oficial, respaldándose bajo el artículo 124 de la Ley Nº 11.672, que permite al Ministerio de Economía “acordar a las Provincias y al Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los impuestos nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal”.
A su vez, la medida establece que el anticipo será cancelado dentro del presente ejercicio fiscal mediante retenciones con los intereses correspondientes en un plazo determinado, aunque destaca que el plazo podrá ser ampliado si el Poder Ejecutivo así lo requiriera, pero siempre manteniéndose dentro del año fiscal.
Al mismo tiempo, resalta que la norma en trato, “dispone que los montos anticipados devengarán intereses sobre saldos, desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva devolución, de acuerdo con la tasa y el mecanismo que allí se establece”.

Bajo los argumentos citados por el Ejecutivo, con las firmas del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el titular de la cartera de Economía, Luis Caputo, el decreto informó en su artículo primero: “Dispónese otorgar, a través de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, un anticipo financiero a la Provincia del CHACO por hasta la suma total de PESOS CIENTO VEINTE MIL MILLONES ($120.000.000.000)”. Además, estableció que los intereses que se devenguen, deberán ser “calculados sobre la base de la Tasa Mayorista de Argentina TAMAR”, tal como se mencionó en el párrafo anterior.
Como parte del acuerdo financiero, la medida establece que el gobierno de Chaco deberá dar cumplimiento a dos puntos, en particular:
- Por un lado, utilizar una parte de los recursos que recibe del gobierno nacional, según lo establecido en una ley, para devolver el dinero que le fue adelantado. Según el documento, implica “afectar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias”.
- Por otro, autorizar a la Secretaría de Hacienda del organismo actuante, a retener automáticamente el dinero que le corresponde a la Provincia del Chaco de los fondos que recibe del gobierno nacional, según la Ley N° 23.548 y otras leyes similares, para devolver el anticipo que recibió, junto con los intereses generados.
Por último, señala que la Contaduría General de la Nación procederá al registro de este anticipo como parte de las erogaciones correspondientes de la Tesorería General de la Nación, y “cargará en la cuenta el importe equivalente a la Provincia del CHACO”.