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Alquileres: cómo será el descongelamiento de las cuotas que comienza a partir de abril

La diferencia entre el precio congelado y el previsto por el contrato podrá ser abonada en hasta 12 cuotas desde el mes próximo.

A partir del próximo jueves 1º de abril, y luego de un año, dejará de estar vigente el congelamiento de los precios de los contratos de alquiler y el decreto que suspendió los desalojos por falta de pago. Con el fin de la medida, a partir de esa fecha los inquilinos tendrán que abonar la diferencia entre el ajuste que estaba previsto (según cada contrato) y lo que no se aplicó durante los últimos 12 meses.

Según dispuso el decreto que congeló los precios, esa diferencia podrá ser abonada en cuotas mensuales, iguales y consecutivas: tres como mínimo o 12 como máximo. La primera de esas cuotas deberá pagarse en abril de 2021. En el caso de que haya habido falta de pago, los plazos y cuotas para regularizar los pagos son los mismos: de 3 a 12 cuotas mensuales.

El decreto prevé que podrán aplicarse intereses compensatorios, pero no podrán aplicarse intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad. Por otro lado, las obligaciones de los garantes de los alquileres también permanecen vigentes hasta la total cancelación de las obligaciones del contrato.

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